Si estás pensando en emprender un negocio con o sin local y realizar una actividad económica de manera autónoma (cuenta propia), es crucial que comprendas cuándo es necesario darte de alta como autónomo.
En este artículo, te aclararemos las dudas más comunes sobre este tema y si necesitas más información sobre el proceso no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
¿Qué significa ser trabajador autónomo?
Un autónomo es una persona que realiza una actividad económica por cuenta propia, asumiendo la responsabilidad de su negocio y, por tanto, la obligación de cumplir con las normativas fiscales, contables y laborales.
Mientras que siendo trabajador contratado por una empresa o profesional autónomo, será este último quien se encargará de los seguros sociales y retención de IRPF al liquidar cada nómina mensual, y en ese caso estaríamos únicamente obligados como trabajador a la presentación de la Renta, y eso en el caso de que estuviéramos en obligación de presentarla según ingresos anuales.
¿Desde qué momento debo darme de alta de autónomo/a?
La obligación de darte de alta como autónomo en España comienza en el momento en que inicias una actividad económica por tu propia cuenta. Esto incluye cualquier acción que implique obtener ingresos, ya sea a través de la venta de productos, prestación de servicios o cualquier otra actividad que pueda generar beneficios económicos.
No existe como tal una cuantía mínima de ingresos para saber cuándo darnos de alta como autónomo. Lo único que es recomendable es planificar previamente los gastos fijos que vamos a tener cuando seamos autónomos, como puede ser: la contratación mensual de los servicios de una Asesoría Fiscal que te ayude con la presentación de impuestos y la contabilidad o la cuota mensual de autónomo de la Seguridad Social (que puede ir desde la bonificada 86,66-90€/mes hasta la regular de unos 300 €/mes o más aún dependiendo de los rendimientos netos).
Para regularizar tu situación los pasos a seguir serían:
- Registro en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en la AEAT: Se debe presentar el modelo 036 o 037 en la Agencia Tributaria (Hacienda) para darte de alta como autónomo en Hacienda.
- Alta en la Seguridad Social: También es necesario registrarte en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Seguridad Social.
Nuestra Asesoría es Punto PAE y puede gestionar las dos altas de manera simultánea gracias al sistema CIRCE PAE con el que enviamos un DUE (documento único electrónico) con todos los datos para permitir la tramitación en ambas entidades.
¿Puedo en algún momento facturar sin darme de alta en Hacienda y Seguridad Social?
La respuesta corta es no. Realizar actividades económicas y facturar sin el alta correspondiente puede acarrear sanciones y multas, además de complicaciones fiscales y legales. Es fundamental cumplir con las obligaciones tributarias y laborales para evitar problemas futuros.Aquí te explicamos por qué:
- Responsabilidad fiscal: Si facturas sin estar dado de alta, no podrás declarar esos ingresos y, por lo tanto, estarás eludiendo tus obligaciones fiscales, lo que puede llevar a sanciones.
- Protección social: No estar en el RETA significa que no estás cubierto por la Seguridad Social, por lo que no tendrás derecho a prestaciones como la baja por enfermedad o jubilación, ni estarás cotizando al no estar dado de alta ni pagando la cuota de autónomo.
Consecuencias de No Darse de Alta
- Multas y Sanciones: La Agencia Tributaria y la Seguridad Social tienen mecanismos de control y pueden sancionarte por ejercer una actividad económica sin estar registrado.
- Responsabilidad Legal: En caso de conflictos con clientes o proveedores, podrías tener dificultades para defender tus derechos sin la documentación adecuada.
- Problemas Fiscales: Al no estar dado de alta, no podrás deducir gastos relacionados con tu actividad, lo que podría perjudicar tu situación financiera.
- Problemas y Bloqueos Bancarios: si no justificas tu estado como autónomo a tu banco, cualquier entrada continua e injustificada de dinero en tu cuenta bancaria, puede suponer el bloqueo de la misma y posterior comunicación a la Administración sobre el estado irregular de recepción de ingresos.
¿Y podría facturar sin pagar cuota de autónomo?
Únicamente en el caso en el que solo te surja una o dos veces puntualmente en el año realizar un servicio profesional de manera autónoma y con caracter muy aislado sin vistas a continuidad, podría valorarse solo solicitar el alta unilateralmente en la AEAT (Hacienda). Sin embargo, en el momento que haya una regularidad en la prestación de servicios o ventas y por lo tanto consecución de emisión en las facturas (continuidad en el tiempo), estarías obligado/a a cursar alta en Seguridad Social y pagar la cuota de autónomo mensual, así como presentar los modelos trimestrales consecuentes.
PERO CUIDADO, si te das de alta como autónomo fuera de un plazo razonable, no podrás aprovecharte de la bonificación de tarifa plana actual.
¿Qué es “Actividad Económica” del Autónomo?
La Ley define la actividad económica como cualquier acción que persiga obtener ingresos de forma habitual en el tiempo. Esto incluye, pero no se limita a:
- Prestación de servicios
- Venta de productos
- Actividades profesionales
Es importante destacar que no es necesario esperar a que la actividad genere ingresos para registrarte. Si ya estás realizando acciones que anticipan el inicio de tu actividad, como captar clientes, invertir en el desarrollo de una web o promocionar tus servicios, deberías darte de alta, igualmente si tienes planteado invertir en equipo o en un local comercial, para poder declarar esos gastos estando ya de alta de autónomo.
Plazo para Darse de Alta
El plazo para darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social es de 30 días naturales antes de comenzar la actividad. Esto significa que, si planeas empezar a trabajar el 1 de junio, deberías estar dado de alta a más tardar el 1 de mayo.
Conclusión
Darte de alta como autónomo es un paso esencial para comenzar cualquier actividad económica en España. No solo te asegura cumplir con la legislación vigente, sino que también te proporciona la protección necesaria, te brinda acceso a derechos fundamentales y, además, te abre las puertas para gestionar tu negocio de manera adecuada y eficiente.
En Asesoría de la Torre estamos para ayudarte a navegar por todo el proceso de alta, así como para ofrecerte apoyo en la gestión fiscal, contable y laboral que necesites durante el camino como autónomo. No dudes en ponerte en contacto con nosotros para resolver todas tus dudas y comenzar el nuevo viaje del autónomo de la mejor manera posible. ¡Estamos a tu disposición!
Para más información, no dudes en contactar con nosotros.
¡Tu tranquilidad es nuestra prioridad!